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PARTICULARISMO MORAL

El particularismo moral se define por contraposición al generalismo moral. Este último considera que nuestras prácticas morales solo se sostienen porque existe un sistema de principios que determina la acción moralmente correcta en cada circunstancia; el particularismo moral niega que tal sistema de principios sea condición necesaria de nuestras prácticas morales. En concreto, el particularismo moderado acepta la relevancia de los principios morales, pero considera que no forman un sistema que permita establecer cuál sea la acción o actitud moralmente correcta en cada caso, por lo que el concurso del buen juicio se torna imprescindible. El particularismo radical defiende, por el contrario, que los principios morales ni existen ni son imprescindibles para la deliberación y la práctica morales; desde el punto de vista del particularismo radical, el particularismo moderado constituye una versión rebajada del generalismo. En cualquiera de sus versiones,

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