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AUTONOMÍA

Se llama al hecho de que una realidad esté regida por una ley propia, distinta de otras leyes, pero no forzosamente incompatible con ellas. En el vocabulario filosófico el término ‘autonomía’ suele em­plearse en dos sentidos.

1) Sentido ontológico. Según el mismo, se supone que ciertas esferas de la realidad son autónomas respecto de otras. Así, cuando se postula que la esfera de la realidad orgá­nica se rige por leyes distintas que la esfera de la realidad inorgánica, se dice que la primera es autónoma respecto de la segunda. Tal au­tonomía no implica que una esfera determi­nada no se rija también por las leyes de otra esfera considerada como más fundamental. Así, en la llamada ley de autonomía propuesta por Nicolai Hartmann, los reinos superiores del ser se rigen por las mismas leyes que los reinos inferiores y, además, por otras leyes propias consideradas como autónomas.

2) Sentido ético. Según el mismo se afirma que una ley moral es

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